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PROBLEMAS EN EL PISO

Motivos por los que tu casero puede no devolver la fianza del alquiler

Motivos por los que tu casero puede no devolver la fianza del alquiler
Julio Alberto López Ramón
Última actualización: 21 Febrero 2018
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En ocasiones, el casero puede optar por retener parte o la totalidad de la fianza de un piso por distintos motivos, la mayoría por impagos o desperfectos en la vivienda.

Cuando se elabora un contrato de alquilerestándar, se mantienen una serie de cláusulas por las que, en el caso de su incumplimiento, pueden suponer la sustracción de una parte de la fianza del alquiler de la vivienda o incluso su totalidad.

El casero decide cuántos meses se fianza se abonan por el alquiler, aunque, de media, suelen ser uno o dosEl casero decide cuántos meses se fianza se abonan por el alquiler, aunque, de media, suelen ser uno o dos

Algo que también dependerá de la cantidad de meses que se abonen de fianza, aunque normalmente suelen ser cuantías iguales a uno o dos meses del alquiler que se abona a tu casero o casera. Hay diferentes motivos por los que, a pesar de que no se especifique totalmente en el contrato, el arrendador puede retener la fianza abonada.

Meses de alquiler sin pagar

En el caso de que uno de los arrendatarios no haya pagado al menos un mes de alquiler, el casero o casera puede cobrarse esos meses adeudados con la fianza, ya que la mayoría de las cantidades pagadas en concepto de fianza corresponden a meses completos.

Ruptura de muebles y desperfectos

En el caso de que los inquilinos del piso hayan roto de manera deliberada o imprudente un electrodoméstico, el casero o casera puede costear la reparación de ese mueble a través de parte de la cuantía de la fianza o, en el caso de ser de grave reparación, su totalidad.

La ruptura de muebles y electrodomésticos es la causa más común de retención de parte o toda la fianzaLa ruptura de muebles y electrodomésticos es la causa más común de retención de parte o toda la fianza

En este caso, hay que indicar que si el electrodoméstico o mueble se ha roto debido a su desgaste natural, es decir, se demuestra que la avería es fruto del funcionamiento corriente del mueble y de forma usual, no debe suponer una pérdida de parte o la totalidad de la fianza, sino más bien el arrendador debe pagar íntegramente el coste de la reparación como parte del mantenimiento del piso.

Si la vivienda está sucia

En el caso de no dejar la vivienda en condiciones higiénicas adecuadas para que los siguientes inquilinos puedan alojarse, el casero o casera puede retener parte de la fianza a fin de contratar un servicio de limpieza que se haga cargo de esa labor que debería haber sido hecha por los anteriores inquilinos.

Abandonar la vivienda antes de que finalice el contrato

Si uno de los inquilinos (o todos) desean abandonar el piso antes de que termine el contrato acordado con su casero o casera, este puede retener la totalidad de la fianza, a fin de cubrir los gastos que debería recibir en concepto de la siguiente mensualidad.

Ruidos excesivos

En el caso de que los inquilinos que residen en la vivienda realizaran ruidos excesivos en la comunidad y hubieran quejas constantes de que realizan actividades molestas al resto de vecinos, el casero o casera puede optar por retener parte de la fianza debido al cumplimiento del contrato. En la mayoría de ellos se especifica un apartado en el que evitar ruidos excesivos, especialmente a partir de las 10 de la noche.

Facturas sin pagar

Al igual que en el caso de las mensualidades no abonadas, el adeudamiento de facturas, especialmente en el caso de que el titular de las mismas también sea el arrendador también puede suponer una retención de la fianza. Con el importe de la misma, el arrendador subsanará esas deudas pendientes.

El casero no dispone de un mes para devolver la fianza

El momento en el que el casero debe abonar la fianza de alquiler, siempre y cuando no se hayan incumplido alguno de los parámetros anteriores, no debe ser a lo largo del último mes de alquiler, sino justo en el momento en el que los inquilinos desalojan la vivienda.

El casero del piso solo está obligado a devolver la fianza en el momento que los inquilinos abandonen la viviendaEl casero del piso solo está obligado a devolver la fianza en el momento que los inquilinos abandonen la vivienda

Además, a nivel legal, a fin de evitar futuros problemas, en el caso de que existan obligaciones posteriores, se deben detallar las obligaciones pendientes y cuantificarlas por acuerdo entre partes, cerrando así la puerta a futuras reclamaciones. En el caso de que no se puedan cuantificar estas obligaciones pendientes, se debería detallar un informe en el que se establezcan mecanismos para cuantificarlas y, en el caso de que el casero o casera sea quien deba abonar deudas a los arrendatarios, es el momento para que se efectúen los cobros necesarios.

Consejos a la hora de alquilar un piso

Las condiciones que se pueden poner a la hora de proceder a alquilar un piso pueden ser distintas, aunque siempre bajo el prisma del casero o casera, con un proceder particular en la cantidad de alquiler a cobrar, el método de pago (en mano o mediante transferencia bancaria) y los meses de fianza a abonar.

Algunos caseros optan por pedir un aval para asegurar el pago de cada mes del pisoAlgunos caseros optan por pedir un aval para asegurar el pago de cada mes del piso

Incluso algunos de ellos estipulan un aval bancario, algo que algunos juristas recomiendan a nivel legal para evitar casos de morosidad en los que se adeudan más de tres meses. No obstante, desde la perspectiva del inquilino, quizás es más recomendable evitar ese tipo de pago al implicar de una mayor forma a una tercera persona, algo que no en todas las ocasiones es posible.

También es recomendable seguir si el arrendador del piso está llevando los papeles del mismo en regla, ya que, en el caso de que no sea así, la Agencia Tributaria puede imponerle entre un 50% y 150% del importe no declarado, lo que puede suponer también problemas a los inquilinos que incluso pueden acarrear el desalojo del piso por los impagos de su propietario.

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