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PENSIONES

Ayuda por viudedad

Ayuda por viudedad
Cristina López Reques
Última actualización: 23 Febrero 2020
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La pensión de viudedad y algunos requisitos que hay que tener en cuenta para beneficiarse de ella.

El principal motivo por el que se creó la pensión de viudedad es por la necesidad de cubrir las necesidades económicas que puede tener la persona pareja o cónyuge del fallecido. Al morir esa persona, su acompañante o incluso su familia puede quedarse en una situación de cierta desprotección, sobre todo si el que ha muerto era el único o el principal y mayoritario generador de rentas en esa familia. Por tanto, el estado nos brinda esta oportunidad. Desde Bekia te vamos a contar cuáles son todos los requisitos para poder recibirla y cuál es su cuantía.

El objetivo de estas pensiones es cubrir las necesidades económicas básicasEl objetivo de estas pensiones es cubrir las necesidades económicas básicas

¿Qué es la pensión de viudedad?

La pensión o ayuda de viudedad se puede definir como esa prestación contributiva o ayuda económica que la Seguridad Social abona cuando nuestra pareja ha fallecido. Por tanto, se trata de un derecho de las personas cuando ocurre esta circunstancia.

Esta prestación económica la mantendremos de forma vitalicia con el objetivo de proteger la situación de necesidad económica que se va a ocasionar por el fallecimiento de la persona que va a originar la prestación. Sin embargo, como ocurre con muchas otras ayudas, hay que cumplir una serie de requisitos para tener derecho a esta pensión de viudedad.

Requisitos que debía cumplir el fallecido

Cuando una persona fallece no es completamente seguro que su pareja o cónyuge vaya a recibir la pensión de viudedad. Como ya hemos señalado, existen una serie de características que la persona debe cumplir en el momento de la muerte que te enumeramos a continuación:

Es necesario darse de alta en la Seguridad SocialEs necesario darse de alta en la Seguridad Social
  • Lo más importante es estar dado de alta o afiliados en el Régimen General de la Seguridad Social. Además, habrá que cumplir un periodo mínimo de cotización que varía en función de la causa de la muerte. Si ha sido por enfermedad, el periodo es de 500 días sin ser ininterrumpido durante los cinco años anteriores a al muerte. Si el fallecimiento es por accidente, no se exige ningún periodo.
  • En el caso de que no se cumpla este primer requisito y la persona fallecida no esté dada de alta en la Seguridad Social, el tiempo de cotización aumenta a los 15 años a lo largo de su vida.
  • Hay que ser beneficiario de la pensión de jubilación en el momento de la muerte.
  • Hay que cesar el trabajo con derecho a esa pensión de jubilación en modalidad contributiva y fallecer antes de solicitarla.
  • Ser beneficiario de la pensión de incapacidad en el momento de la muerte.
  • Trabajadores desaparecidos en un accidente en circunstancias que se presupueste su muerte o que pasen 90 días tras ese accidente.
  • Ser trabajadores con pensión de incapacidad permanente total y haber optado por la indemnización a favor de los menores de 60 años.

Requisitos para beneficiarse de la pensión de viudedad

Además de los requisitos anteriormente nombrados, todavía quedan otros que debe cumplir la otra persona, es decir, la que va a recibir la pensión de viudedad. Por tanto, hay unas condiciones que se deben cumplir por las dos partes:

  • Si la muerte se ha producido por enfermedad, el cónyuge debe acreditar una de las siguientes condiciones: hijos en común o haberse casado al menos un año antes (siempre y cuando no hubieran sido pareja de hecho antes).
  • Si la persona está separada judicialmente o no del fallecido, podrán recibir esa pensión siempre y cuando no hayan vuelto a casarse o a ser pareja de hecho y sean acreedores de la pensión por divorcio.
  • Sin embargo, aunque no sean acreedoras de esa pensión compensatoria, podrán serlo de viudedad si se acredita que hayan sido víctimas de violencia de genero en el momento de la separación o divorcio.
  • Si los dos hubieran contraído un matrimonio declarado nulo y se reconoce el derecho a indemnización, siempre que no se haya vuelto a casar.
La cuantía que se recibe depende de la base reguladora que corresponde al causante de la pensiónLa cuantía que se recibe depende de la base reguladora que corresponde al causante de la pensión

¿Cuál es la cuantía que se recibe en una ayuda por viudedad?

La prestación económica que va a recibir la pareja del fallecido va a ser, normalmente, del 52% de la base reguladora que corresponde al causante de la pensión. Sin embargo, este porcentaje puede ampliarse hasta un 60% cuando la persona fallecida cumpla uno de los siguientes requisitos:

  • Tenga 65 años o más.
  • No tenga derecho a otra pensión pública.
  • No perciba ingresos por trabajar.
  • No disponga rentas de capital mobiliario o inmobiliario o rentas superiores a los 7.569 euros al año
  • .

Además, puede darse el caso de que la cifra del 52% ascienda al 70% de la base reguladora siempre que durante el periodo de percepción de la pensión se cumplan los siguientes requisitos:

  • Por sentencia que firme que declare ser culpable de la muerte.

    Por fallecimiento.

  • Si se llegara a comprobar que el trabajador desaparecido no falleció en el accidente.

    Por condena por haber realizado un delito doloso de homicidio.

  • Se contraiga nuevo matrimonio o pareja de hecho. Aunque si esto ocurre pero se cumplen los siguientes requisitos se podrá optar a la pensión: mayor de 61 años o menor y tener una pensión por incapacidad o discapacidad; psi la pensión es la principal o única fuente de ingresos; o si el matrimonio o pareja tienen unos ingresos anuales que no superen dos veces el importe del SMI.

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